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Cuba : Une nouvelle loi sur les investissements étrangers

lundi 7 avril 2014   |   Mémoire des luttes
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Présentée par le président Raul Castro comme « cruciale », une nouvelle loi sur les investissements étrangers a été adoptée par le Parlement cubain, le 29 mars dernier. Elle remplacera une législation datant de 1995. Cette nouvelle loi était très attendue. Car elle est en effet considérée comme « stratégique » pour garantir le succès de la nouvelle voie économique et sociale dans laquelle Cuba s’est engagé depuis plusieurs années. La loi prévoit « un recours accru à l’investissement étranger » pour contribuer « efficacement au développement durable du pays et à la reprise de l’économie nationale ».

Rodrigo Malmierca, ministre du Commerce et des Investissements étrangers, a affirmé que cette nouvelle loi est « conforme au système socialiste cubain ». Il a également indiqué que la promotion de "zones spéciales de développement" – comme celle d’une étendue de 450 km2 autour du nouveau port de Mariel, à 50 km à l’ouest de La Havane – était l’une des priorités de la nouvelle législation. Pour sa part, Marino Murillo, vice-président du Conseil des ministres, a expliqué que le gouvernement travaille désormais sur le long terme et veut définir un rythme annuel de croissance jusqu’à l’horizon 2030. M. Murillo a précisé que les taux de croissance indispensables pour atteindre le niveau de développement auquel Cuba aspire, devaient se situer entre 6 et 8% par an pendant les quinze prochaines années... Il a également indiqué que des projets économiques fondamentaux exigent d’importants investissements, mais que de tels investissements sont impossibles sans une participation étrangère, notamment dans le secteur agricole.

Durant la décennie 2000-2010, le taux moyen de croissance du PIB a été de 1,8%. « Ces dernières années – a confirmé M. Murillo –, notre économie a été marquée par une croissance trop modérée du Produit intérieur brut (PIB). En 2013, il a été de 2,7% ; et cette année, il devrait descendre à 2,2%. » Le financement externe est donc devenu, selon lui, une impérieuse nécessité. Cuba vise des hausses annuelles des investissements de 25% à 35% du PIB, contre seulement 4,4% en 2013, selon les chiffres officiels de l’Office cubain des statistiques.

Adoptée à l’unanimité par les députés, la loi comprend 34 principes généraux. M. Malmierca a souligné la loi permettait de concevoir les investissements étrangers comme des sources de développement économique à court, moyen et long terme. Ces investissements devraient permettre aux Cubains d’accéder à des technologies de pointe, à de méthodes modernes de gestion. Ils doivent aussi faciliter la diversification et l’extension des marchés d’exportation et la réductions des importations. M. Malmierca a également cité d’autres objectifs, comme le changement du modèle énergétique de Cuba qui devra désormais miser sur l’utilisation de sources d’énergie renouvelables.

La nouvelle loi définit 11 secteurs comme prioritaires : agricole et forestier, alimentaire, énergie et mines, sucre, métallurgique et mécanique, industrie légère et électronique, pharmaceutique et biotechnologique, commerce en gros, santé, construction, tourisme et transport.

Parmi les principales nouveautés de cette Loi, signalons l’exonération d’impôts sur les bénéfices pour les investisseurs durant les huit premières années, et exceptionnellement pour des périodes plus longues. M. Malmierca a affirmé que les investisseurs étrangers bénéficieront de « la pleine protection et de la sécurité juridique  », qu’ils ne seront pas expropriés, sauf pour des raisons d’utilité publique ou d’intérêt social, et que l’État garantira le libre transfert à l’étranger en monnaie librement convertible des dividendes et des bénéfices des investisseurs étrangers. Toutefois, les entreprises étrangères ne seront pas libres d’embaucher de manière directe ; elles devront continuer de faire appel à une entreprise publique de gestion de personnel. Une incertitude demeure également sur la possibilité d’accueillir des entreprises à capital entièrement étranger, alors que, actuellement, c’est le principe de la coentreprise à capital majoritaire cubain qui domine.

Parmi les éléments qui devraient favoriser la venue de capitaux étrangers, M. Malmierca a cité « le nouveau modèle économique cubain plus ouvert au marché, la stabilité politique et sociale du pays et la haute qualification des ressources humaines ».

La loi doit entrer en vigueur dans 90 jours.

Mémoire des luttes

 

Pour plus d’informations sur la nouvelle loi cubaine sur les investissements étrangers, lire les quatre articles ci-dessous (en espagnol).

 

 

CUBA : ¿QUÉ SE ESPERA DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA ?

por Cira Rodríguez César

La nueva Ley de Inversión Extranjera, aprobada por unanimidad en el Parlamento cubano, ofrece el marco legal adecuado para incentivar la participación de capital foráneo en el desarrollo sostenible del país y la recuperación de la economía nacional.

De acuerdo con el texto de la legislación, esto se hará sobre la base de la protección y el uso racional de los recursos humanos y naturales y del respeto a la soberanía e independencia nacionales.

La Ley establece entre otras formas de propiedad a las empresas mixtas, sociedades y asociaciones económicas y prevé, con respecto a la propiedad estatal, la transmisión total o parcial de objetivos económicos para su desarrollo, con carácter excepcional, si resultara útil y necesario.

Para ello el marco legal implícito en su letra, el reglamento y las normas complementarias que la acompañarán facilitarán garantías y seguridad jurídica al inversionista para propiciar la entrada de capital foráneo y su aprovechamiento óptimo.

Su aplicación se orienta a la diversificación de las exportaciones, el acceso a tecnologías de avanzada, la sustitución de importaciones, con prioridad en la de alimentos, generar empleos, desarrollar encadenamientos productivos y cambiar la matriz energética del país.

Tal como se explica en el texto, que entrará en vigor dentro de 90 días, podrá ser autorizada en todos los sectores, con excepción de los servicios de salud y educación a la población y de todas las instituciones armadas, salvo en sus sistemas empresariales.

Esas oportunidades serán aprobadas por el Consejo de Ministros, a partir de una cartera de proyectos de interés nacional.

Acorde con la implementación de los lineamientos de la política económica y social del Partido y la Revolución, la legislación acordada define una de las decisiones de mayor connotación estratégica en el proceso de actualización del modelo cubano.

El ministro de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera (MINCEX), Rodrigo Malmierca, aseguró que la Ley atraerá al capital extranjero con reglas e incentivos para aprovechar las potencialidades del país, preservando su independencia y soberanía.

Se trata de un marco regulatorio (ley, reglamento y normas complementarias) que busca eficiencia, establecer asociaciones integrales que generen el encadenamiento productivo y se orienten al fomento de la exportación y sustitución de importaciones.

Con las debidas garantías que se ofrecen a la inversión de capitales extranjeros, los mismos se incrementarán y le permitirán a la nación obtener recursos financieros, tecnológicos y mercados en los sectores productivos domésticos.

Malmierca insistió en que la nueva legislación se distinguirá por preservar la soberanía, los recursos naturales y excluye la libre contratación.

En sus preceptos se diferencia de su precedente (Ley 77 de 1995) en materias impositivas, modalidades, regímenes especiales de autorización y protección al trabajador, y se aleja de todos los errores cometidos en etapas anteriores en materia de inversión extranjera.

Su letra y principios incluirán un reglamento para los procedimientos de negociación, comisión de evaluación y el requerido control, pues fue diseñada acorde con la actualización económica que realiza Cuba.

Asimismo en su preparación no se obvió el actual escenario de crisis que vive el mundo, ni tampoco los efectos del bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por Estados Unidos a la isla por más de 50 años.

Complemento y urgentes beneficios

Cuba necesita de dos mil a dos mil 500 millones de dólares anuales de inversión extranjera directa para llevar adelante su modelo socioeconómico socialista, próspero y sustentable, pero sola no puede hacerlo.

Al argumentar tal situación, el vicepresidente del Consejo de Ministros Marino Murillo, explicó que no utilizar esas fuentes retardaría el desarrollo nacional.

Durante la última década la tasa de crecimiento promedio de la isla fue de 1,8 por ciento y la de acumulación (inversiones) 13 por ciento, inferiores a los del conjunto de América Latina. Ello indica la necesidad de acceder al capital foráneo, ha insistido Murillo.

Para este año el plan de crecimiento de la isla es de 2,2 por ciento, lo cual subraya que, si bien la economía crece, lo hace a un ritmo que retarda el desarrollo. Se trata de una urgencia pues la economía nacional precisa de un ritmo anual de entre cinco y siete por ciento, y para conseguirlo se hace necesario alcanzar tasas de acumulación del 20-25 por ciento, mediante créditos e inversión extranjera directa.

Si bien la participación foránea es contemplada como complemento del esfuerzo inversionista nacional en actividades que sean de interés para el país, en la nueva ley se contempla que la inversión extranjera sea determinante en sectores específicos.

La ganadería, la industria láctea, la agricultura y el cambio de la matriz energética precisan de fuerte financiamiento externo, se expresa en la nueva legislación. También incluye la actividad forestal, la industrias azucarera, sideromecánica, ligera, química y electrónica, farmacéutica y biotecnología, energía y minas, comercio mayorista, construcción, turismo y transporte.

Una inversión extranjera bien hecha no significa regalar el país a pedazos, significó Murillo en su intervención ante el Parlamento.

De ahí que la inversión extranjera directa será prioritaria para la creación de infraestructura y cambios de patrones tecnológicos, mediante proyectos integrales que generen cadenas productivas.

Sin embargo existen obstáculos que pueden frenar la participación extranjera en el desarrollo de la economía como el bloqueo comercial y financiero de Estados Unidos, la situación de endeudamiento externo y las restricciones provocadas por la escasez de divisas.

Por ello es necesario potenciar los aspectos favorables de la nueva ley, avanzar en la recuperación del prestigio financiero del país, diversificar las relaciones internacionales y ganar la confianza de los inversionistas en un clima de transparencia, reglas claras e incentivos.

En correspondencia con las actuales condiciones de la economía mundial, Cuba ratifica que la asociación con capital extranjero debe reportar beneficios mutuos con garantías jurídicas, la no expropiación, excepto por razones de interés social o utilidad pública y con la debida indemnización.

Asimismo, establece el derecho a prorrogar el plazo de vigencia de la inversión, la libre transferencia al exterior de los dividendos o beneficios, la opción de venta, en cualquier momento, de su parte en la asociación, y la protección contra la aplicación extraterritorial de leyes de otros Estados.

Sobre esas bases la inversión extranjera en Cuba podrá ser autorizada en todos los sectores, con excepción de los servicios de salud y educación a la población y de todas las instituciones armadas, salvo en sus sistemas empresariales.

Las facilidades acordadas no solo contribuirán a atraer al capital foráneo con reglas claras e incentivos, sino que permitirán aprovechar sus potencialidades para el desarrollo del país, preservando su independencia y soberanía.

La autora es Jefa de la Redacción Económica de Prensa Latina.

Fuente : Prensa Latina

 

CONOZCA MÁS DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA EN CUBA

En la tarde de este martes, durante dos horas, estuvieron con nosotros en la redacción de Cubadebate los compañeros Déborah Rivas, Directora General de Inversión Extranjera en el MINCEX y Armando Cuba, Director Jurídico de dicho organismo, quienes respondieron a los temas más repetidos entre los casi 200 comentarios recibidos en el Foro que convocamos sobre la Ley de Inversión Extranjera.

Para facilidad de nuestros lectores, les ofrecemos compiladas las respuestas de los compañeros del MINCEX, que contienen importantes elementos para conocer los alcances y principios de la nueva legislación.

Sobre el papel de las agencias empleadoras

El Estado se preocupa por preservar los derechos de los trabajadores, la aplicación de la legislación vigente en materia laboral y la selección del personal con el nivel de capacitación requerido para brindar sus servicios en el sector de la inversión extranjera, que como se ha identificado resulta de gran importancia para el desarrollo de nuestra economía. Las razones antes expuestas constituyen el sustento de la necesidad de mantener la entidad empleadora, la que se encargará del suministro de la fuerza de trabajo idónea a las modalidades de inversión extranjera y de la selección y la contratación del personal cubano o extranjero residente permanente en nuestro país.

Su objeto será prestar un servicio a los inversionistas extranjeros, por ello el personal que labore en las entidades empleadoras requerirá también de la debida preparación a los efectos del proceso de negociación de los pagos por la fuerza de trabajo.

Como parte del paquete normativo asociado a la Ley aprobada por el Parlamento el MTSS emitirá el Reglamento sobre el régimen laboral, que establece los procedimientos para la formalización de la relación de trabajo, la formación del salario que recibirá el trabajador, las funciones de la entidad empleadora y las relaciones entre ésta y las modalidades de inversión extranjera. Resulta novedoso la forma en que se fija el salario, que demuestra que la empleadora no tendrá fines recaudatorios sino de mero prestatario de un servicio, recibiendo como ingreso solamente los costos y gastos de su gestión.

El trabajador percibirá un salario en pesos cubanos adecuado a la complejidad y condiciones de trabajo, los pagos por rendimiento que se pacten. Se establecerá en el país un salario mínimo que es un concepto diferente a las escalas salariales que hoy se aplican y que no será el que se pague a estos trabajadores, sino uno que será siempre superior.

Se mantiene el fondo de estimulación económica actualmente reconocido.

Con relación a las entidades empleadoras se establece en el Reglamento a publicar por el MTSS que se negocie de forma directa entre la agencia empleadora y la modalidad de inversión extranjera la contratación de la fuerza de trabajo. Se evalúa racionalizar el número de entidades cubanas que actúan como empleadoras para hacer más eficiente este proceso, cuyos fines serán prestar un servicio de calidad a los inversionistas y que no que tengan un carácter recaudatorio. Se preparará y capacitará adecuadamente al personal que prestará sus servicios en esas entidades.

Sobre la selección del personal por las empleadoras

Sobre cómo garantizar que exista un proceso de selección justo para entrar en las bolsas de empleo de las entidades empleadoras, primero requerirá de la preparación del personal que labore en estas entidades y luego exigir las condiciones de idoneidad que establece el MTSS para la contratación. Como cualquier otra entidad esta requerirá del control requerido para evitar cualquier acto de corrupción o favoritismo.

Trabajador del sistema empresarial del MINCEX que desea trabajar en empresa de capital extranjero.

No existe limitación alguna para que un funcionario del sistema empresarial del MINCEX que quiera pasar a una entidad de las empresas de capital extranjero pueda hacerlo, directamente no es posible, debe ser a través de la entidad empleadora. Todo ello implicará el cumplimiento de las formalidades que establece el contrato de trabajo que tienes suscrito actualmente.

Participación de nacionales cubanos residentes en el país, en la inversión extranjera.

La inversión extranjera responde precisamente a la necesidad de atraer capital del exterior. Ni las empresas estatales ni los cubanos que aquí residimos contamos con los recursos suficientes para lograr el crecimiento de la economía que se requiere para poder alcanzar el nivel de desarrollo que necesitamos y poder distribuir entre todos los beneficios y el bienestar deseados. Por ello, esta Ley se dirige a potenciales inversionistas extranjeros, para atraer al país financiamientos, tecnologías de avanzada, mercados para nuestros productos y generar nuevos ingresos, entre otros. Se han diseñado políticas sectoriales para generar desarrollo agrícola, en las industrias, biotecnología, turismo, entre otros que son de significativa importancia para el crecimiento económico.

Hemos comentado que la definición de inversionista nacional contempla a las personas jurídicas de nacionalidad cubana con domicilio en el territorio nacional. También las cooperativas, como forma de gestión no estatal que cuentan con personalidad jurídica, pueden ser inversionistas nacionales en un proyecto con capital extranjero. En la política aprobada para la inversión extranjera se fortalece, con la atracción de capital extranjero, el modelo económico socialista de nuestra economía, donde se ubican los medios fundamentales de producción que se encuentran en poder del Estado.

Sobre la posibilidad de invertir de cubanos residentes en el exterior.

La nueva Ley de Inversión Extranjera, como la vigente en la actualidad y las que existen en muchos países, se dirige a atraer capital extranjero ; la nuestra no distingue la fuente de los capitales que se aporten para invertir en Cuba. Es objeto de la nueva norma dirigir esos capitales al desarrollo del país en un grupo de sectores priorizadas para garantizar el crecimiento de la economía y la distribución de esos beneficios para toda la sociedad, lo que constituye el principal objetivo de nuestro modelo económico socialista. La base fundamental para atraer a esos inversionistas son los diferentes proyectos que se identifiquen, por ejemplo en la agroindustria, la generación de energía, la transferencia de tecnología, entre otros, todo lo cual generaría las tasas de crecimiento y acumulación que necesita nuestro país para lograr el desarrollo próspero y sostenible que todos deseamos. Estas inversiones pueden ser realizadas por inversionistas extranjeros de conjunto con los inversionistas nacionales que, según define la Ley, son personas jurídicas cubanas con domicilio en Cuba.

La Ley no distingue el origen del capital extranjero a invertir. La Cartera de Oportunidades con Inversión Extranjera definirá los proyectos que se identifiquen con las prioridades y necesidades del país a promover con capital extranjero. En la selección del inversor prevalece la experiencia y prestigio de la entidad que representa en el negocio de que se trate, su posicionamiento a nivel internacional, requisitos generales para un inversionista extranjero que no guardan relación con su procedencia u origen. El Reglamento de la Ley detalla los documentos que tendrá que presentar el inversionista extranjero para acreditar aquellos aspectos que determinarán la aprobación de su solicitud.

Ni la Ley vigente ni la que se acaba de aprobar por el Parlamento limita la inversión de los cubanos que residen en el extranjero. En el caso de los que residen en EE.UU la limitación no la establece Cuba, sino se las establecen a los allí residentes el férreo bloqueo impuesto por el Gobierno norteamericano.

Interés de trabajador de ACOREC sobre reglamento que se les aplica.

A los trabajadores de las modalidades de inversión extranjera se le aplicará el Reglamento que a tales efectos se emitirá por el MTSS. Los trabajadores de ACOREC son empleados de esa Agencia que prestan servicios en entidades extranjeras que no califican como inversionistas extranjeros en Cuba. Esperamos haber dado respuesta a su inquietud.

Inversiones en telecomunicaciones y transporte

Efectivamente, no están incluidas las comunicaciones en las políticas priorizadas para atraer la inversión extranjera en este momento ; conoces que tenemos en el país empresas mixtas con capital extranjero que operan en este sector. Para el caso del transporte si existe una política aprobada, que debe generar proyectos para desarrollar ese sector con capital extranjero.

La promoción de la ley y las oportunidades de negocio en cuba

Todas las ideas que coadyuven a la promoción de las oportunidades de negocios en Cuba bajo la nueva Ley de inversiones serán bienvenidas. La forma que adoptará la promoción la determinará la legislación de cada país. Agradecemos su participación.

Cómo aplicará la nueva ley a las inversiones extranjeras ya presentes en el país.

La Ley establece que los beneficios otorgados por la Ley 77 e incluso el Decreto Ley 50 se mantendrán vigentes, salvo que las disposiciones contenidas en la Ley aprobada les resulten más favorables. El nuevo régimen tributario constituye un incentivo a aplicar también en la inversión extranjera establecida ya en el país.

Trámites para la inversión y su aprobación.

Sobre el tema de los trámites se publicará junto con la Ley su Reglamento, donde se explica de forma detallada el procedimiento para solicitar la aprobación del proyecto con inversión extranjera. En él se incluyen los documentos a ser aportados. El Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera es el organismo cubano encargado de recepcionar y tramitar con la instancia de Gobierno correspondiente, para su aprobación, la solicitud de establecimiento de negocios con inversión extranjera en el país.

El régimen de aprobación de la inversión extranjera se establece en la Ley y recae en los órganos siguientes : Consejo de Estado, de Ministros y los Ministros del MINCEX y del MINTUR.

Novedades de la la nueva legislación respecto a la Ley 77.

Algunas de las novedades de la Ley con respecto a la 77 son las siguientes : Se mantienen las tres modalidades de inversión extranjera establecidas en la Ley 77/95, pero se amplió el alcance del contrato de AEI (administración productiva y de servicios, administración hotelera y servicios profesionales). Se realizó una precisión a los sectores excluidos, para permitir la inversión extranjera en los sistemas empresariales de todas las instituciones armadas, así como de la salud y la educación. Se modifica el régimen de aprobación, se incorpora el Consejo de Estado : recursos naturales no renovables (excepto los a riesgo), gestión de servicios públicos y la realización de una obra pública o la explotación de un bien de dominio público. En materia de comercio exterior, se dispone otorgar preferencias a la compra de productos nacionales en condiciones de competitividad. Se introduce un capítulo que regula las acciones de control a las modalidades de inversión extranjera. Se amplía el capítulo referido a la protección del medio ambiente, incorporando los aspectos relativos a la tecnología e innovación. Sobre el régimen de solución de conflictos, se realizan precisiones referidas, en particular, a la intervención de los tribunales nacionales. Se prevé el tratamiento a la inversión extranjera en el momento de la unificación monetaria, entre otros.

Riesgos y oportunidades.

Los riesgos para el inversionista extranjero están fundamentalmente determinados por causas ajenas a nuestro país, el bloqueo de EEUU ; a lo interno existe un clima favorable para el establecimiento del inversionista en Cuba, nuestra estabilidad política, preparación técnica de nuestro pueblo, las oportunidades de negocios que aporta nuestro mercado, las garantías reconocidas, entre otros.

Sectores para invertir y carteras de oportunidades.

Los sectores para la inversión extranjera fueron definidos en la política aprobada por nuestro Gobierno, la que será pública al momento en que se promulgue la Ley. Se han diseñado políticas sectoriales para generar desarrollo agrícola, en las industrias, biotecnología, turismo, entre otros que son de significativa importancia para el crecimiento económico.

La Cartera de Oportunidades con Inversión Extranjera será publicada anualmente y sus proyectos se actualizarán con igual periodicidad. El MINCEX informará anualmente al Consejo de Ministros de la marcha de la aplicación de las políticas aprobadas así como de la ejecución de los proyectos aprobados. Este procedimiento lo establece la propia Ley y su Reglamento. Tanto la Cámara de Comercio como el CEPEC son las entidades cubanas que se encargarán de promoverlos, así como directamente los inversionistas nacionales involucrados.

Se persigue con esta nueva Ley lograr un crecimiento de nuestra economía que repercuta en niveles de acumulación que aceleren el alcance de un desarrollo económico próspero y sostenible que permita distribuir esos recursos entre toda la población, objetivo esencial de nuestro modelo económico. De ahí que se prioricen negocios en los sectores como el agroindustrial, alimentario, la sustitución de importación de alimentos, etc., con un efecto directo en el beneficio de nuestro pueblo.

Lo más importante en estos momentos consideramos que es la amplia información que se está brindando por los diferentes medios a la población, lo que fue acordado en la Sesión Extraordinaria de la Asamblea Nacional en la que se aprobó la Ley.

Posibilidad de inversión en la fábrica de latas de cervezas de Holguín.

Efectivamente, lo que se pretende con esta Ley es además propiciar encadenamientos productivos y la integración de la economía nacional, por lo que si en Holguín se encuentra la Cervecería Bucanero S.A. y a 1 km de esta se ubica la fábrica de latas de Holguín, seguramente el Ministerio de Industrias contemplará dentro de sus oportunidades de negocios, lo que Ud. propone.

Isabel : Coincidimos en cuanto a que lo que urge es la aplicación de la Ley y de las políticas aprobadas para alcanzar el crecimiento que con estas se propone el país. Una vez puesta en vigor, seguramente habrá que continuar esta divulgación, pero lo más importante es la capacitación que debemos recibir para poder concretar los negocios con capital extranjero y obtener los recursos y resultados necesarios para el país.

Tributos y ganancias para el país.

La ganancia que obtiene el país no se genera por vía de impuestos en una primera etapa, sino por el aporte el PIB de capital fresco, inversiones directas en industria y agricultura, tecnologías que ingresan al país, entre otros, que permitirán la obtención de ingresos a partir de la entrada en operación de cada una de esas inversiones. Los tributos serían un ingreso a obtener en un momento posterior. Debemos recordar que la exención de tributos constituye un incentivo para atraer esos capitales al país.

Está prevista en la Ley el pago de la contribución al desarrollo local, en la medida que la del Presupuesto así lo establezca.

Posibilidad de importación directa

Las modalidades de inversión extranjera que establece la Ley se acogen al régimen especial de comercio exterior que ella dispone, por lo que están autorizadas a realizar esa actividad directamente.

Inversión extranjera y unificación monetaria

La Ley prevé disposiciones para operar en CUP cuando se produzca la unificación monetaria. El tratamiento de esos negocios será el aplicable al resto de las empresas del país.

Sobre inversiones en la Radio y la TV

Nuestra Constitución establece en su Artículo 53 que los medios de difusión masiva son de propiedad estatal social y en ningún caso de propiedad privada, lo que asegura su uso al servicio exclusivo del pueblo trabajador y del interés de la sociedad.

Estimados foristas : Ha sido un placer poder responder algunas de sus diversas interrogantes. Hemos tratado de responder aquellas fundamentales y que más se repiten. Las que no fueron respondidas, rogamos nos disculpen. Habrá nuevos espacios para seguir informando sobre esta importante Ley.

Fuente : Cubadebate

 

PREGUNTAS CON RESPUESTAS SOBRE LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN CUBA

por María del Carmen Ramón

La aprobación de una nueva Ley de Inversión Extranjera en Cuba continúa generando disímiles preguntas y preocupaciones en muchas personas ; el lunes el diario Granma abrió un foro interactivo con la participación de funcionarios del Ministerio del Comercio Exterior, donde se respondieron inquietudes, y este martes fue la página Cubadebate quien logró reunir a más de 150 foristas que ofrecieron sus criterios y formularon preguntas durante dos horas en vivo.

Cubahora se sumó a esta iniciativa con la intención de buscar respuestas a muchas de las interrogantes que han dejado nuestros lectores en nuestro foro y en los comentarios a los artículos publicados por la revista.

Días previos a la aprobación de la nueva Ley desde este espacio concebimos una serie de trabajos de fondo que esbozaran los aspectos más trascendentales sobre la inversión extranjera en Cuba : si bien inicialmente nos acercamos a los antecedentes de esta normativa, luego nos centramos en el procedimiento seguido para su confección y discusión, así como en la política y principios que regirían su actividad.

Pero, como con todo proceso que comienza a dar sus primeros pasos, indudablemente aún quedan de parte de los lectores muchas más preguntas que respuestas, que podrán quizás irse aclarando una vez esté publicada la Ley en la Gaceta de Cuba y en la medida de que se multipliquen los espacios de diálogo entre especialistas y usuarios.

Entre los principales temas que más preocuparon a los foristas que participaron en el diálogo online de este martes algunos resultaron más recurrentes, como el papel de las agencias empleadoras y cómo garantizar que prevalezca un proceso justo en este accionar. ¿Por qué son necesarias ? ¿Cuál será su principio de funcionamiento ? ¿No estaremos creando con ellas espacios para el burocratismo y la corrupción ? Preguntaron durante más de una ocasión los usuarios de Granma y Cubadebate.

Además, varios internautas refirieron incomodidad con el hecho de no haber podido disponer del texto íntegro de la normativa con anterioridad, refirieron dudas con relación a la posibilidad de que puedan participar personas nacionales en la inversión extranjera, así como sobre esta opción para los cubanos que viven en el extranjero.

A continuación, compartimos con ustedes las preguntas formuladas desde nuestra redacción y las respuestas de los funcionarios del MINCEX :

Saludos estimados foristas y al equipo de Cubadebate, soy editora de la revista digital Cubahora (http://www.cubahora.cu/) y tengo varias preguntas para Deborah Rivas en nombre de todo mi equipo y que responden a las preocupaciones de nuestros lectores. Desde nuestro espacio hemos brindado especial seguimiento a la Ley desde varios materiales de fondo, y a partir del análisis de las principales inquietudes, las principales preguntas que tenemos son las siguientes :

1- La ley indica que los inversores foráneos no podrán contratar directamente a sus trabajadores, sino que el mecanismo será a través de las agencias empleadoras, ¿Cómo garantizar que exista un proceso de selección justo para entrar a las bolsas de empleo de estas agencias ?

2- La Inversión extranjera es hoy vital para el desarrollo económico y social de Cuba, pero es un proceso que entraña riesgos, ¿cuáles fueron los principales riesgos evaluados ?

3- ¿Cómo se garantizará un mecanismo de transparencia en la comunicación con la población sobre las inversiones aprobadas y los sectores ? ¿Cómo queda esto resguardado desde la política y su mecanismo jurídico ?

4- ¿Qué posibles resultados a corto plazo se han estimado ? ¿Cómo evalúan que podría repercutir sobre el desarrollo de la sociedad toda, no solo los sectores con posibilidades para la inversión ?

5- ¿Por qué el anteproyecto y el proyecto de ley no han estado disponibles para toda la población ? ¿Qué criterios se manejaron en torno a esta decisión ?

6- No es un secreto que muchos extranjeros han enviado dinero a Cuba para abrir negocios por cuenta propia en nuestro país. ¿Se ha valorado o discutido la posibilidad de aprobar la inyección de capital foráneo para estos pequeños establecimientos de cuentapropistas ? ¿Cuál es el análisis que se manejó en estos casos ?

Esta fue la respuesta ofrecida por los especialistas a nuestro equipo, por lo cual la ponemos a su disposición :

"María del Carmen Ramón : Trataremos de ser breves porque realmente haces un grupo grande de preguntas pero todas muy interesantes. Sobre cómo garantizar que exista un proceso de selección justo para entrar en las bolsas de empleo de las entidades empleadoras, primero requerirá de la preparación del personal que labore en estas entidades y luego exigir las condiciones de idoneidad que establece el MTSS para la contratación. Como cualquier otra entidad esta requerirá del control requerido para evitar cualquier acto de corrupción o favoritismo.

Los riesgos para el inversionista extranjero están fundamentalmente determinados por causas ajenas a nuestro país, el bloqueo de EEUU ; a lo interno existe un clima favorable para el establecimiento del inversionista en Cuba, nuestra estabilidad política, preparación técnica de nuestro pueblo, las oportunidades de negocios que aporta nuestro mercado, las garantías reconocidas, entre otros.

Se publicará la Cartera de Oportunidades con Inversión Extranjera. El MINCEX informará anualmente al Consejo de Ministros de la marcha de la aplicación de las políticas aprobadas así como de la ejecución de los proyectos aprobados. Este procedimiento lo establece la propia Ley y su Reglamento.

Se persigue con esta nueva Ley lograr un crecimiento de nuestra economía que repercuta en niveles de acumulación que aceleren el alcance de un desarrollo económico próspero y sostenible que permita distribuir esos recursos entre toda la población, objetivo esencial de nuestro modelo económico. De ahí que se prioricen negocios en los sectores como el agroindustrial, alimentario, la sustitución de importación de alimentos, etc., con un efecto directo en el beneficio de nuestro pueblo.

Lo más importante en estos momentos consideramos que es la amplia información que se está brindando por los diferentes medios a la población, lo que fue acordado en la Sesión Extraordinaria de la Asamblea Nacional en la que se aprobó la Ley.

El país requiere desarrollar sectores que generen un crecimiento del PIB y que atributen al desarrollo de la economía y al beneficio de todos los cubanos. Por ello en la definición de inversionista nacional se trata de personas jurídicas cubanas, en particular la empresa estatal que cuenta con los medios fundamentales de producción, tal como es principio de nuestro sistema socialista. Las cooperativas, que son el resultado de la asociación de varias personas naturales no se excluyen en la Ley como inversionista nacional, las que cumplidos los requisitos que se establezcan, podrán asociarse al capital extranjero".

Otros temas que preocuparon a los usuarios

En relación con el papel de las agencias empleadoras, tema sobre el cual hubo un amplio número de preguntas, la respuesta del MINCEX fue la siguiente :

“El Estado se preocupa por preservar los derechos de los trabajadores, la aplicación de la legislación vigente en materia laboral y la selección del personal con el nivel de capacitación requerido para brindar sus servicios en el sector de la inversión extranjera, que como se ha identificado resulta de gran importancia para el desarrollo de nuestra economía. Las razones antes expuestas constituyen el sustento de la necesidad de mantener la entidad empleadora, la que se encargará del suministro de la fuerza de trabajo idónea a las modalidades de inversión extranjera y de la selección y la contratación del personal cubano o extranjero residente permanente en nuestro país.

Su objeto será prestar un servicio a los inversionistas extranjeros, por ello el personal que labore en las entidades empleadoras requerirá también de la debida preparación a los efectos del proceso de negociación de los pagos por la fuerza de trabajo.

Como parte del paquete normativo asociado a la Ley aprobada por el Parlamento el MTSS emitirá el Reglamento sobre el régimen laboral, que establece los procedimientos para la formalización de la relación de trabajo, la formación del salario que recibirá el trabajador, las funciones de la entidad empleadora y las relaciones entre ésta y las modalidades de inversión extranjera. Resulta novedoso la forma en que se fija el salario, que demuestra que la empleadora no tendrá fines recaudatorios sino de mero prestatario de un servicio, recibiendo como ingreso solamente los costos y gastos de su gestión.

El trabajador percibirá un salario en pesos cubanos adecuado a la complejidad y condiciones de trabajo, los pagos por rendimiento que se pacten. Se establecerá en el país un salario mínimo que es un concepto diferente a las escalas salariales que hoy se aplican y que no será el que se pague a estos trabajadores, sino uno que será siempre superior. Se mantiene el fondo de estimulación económica actualmente reconocido.

Con relación a las entidades empleadoras se establece en el Reglamento a publicar por el MTSS que se negocie de forma directa entre la agencia empleadora y la modalidad de inversión extranjera la contratación de la fuerza de trabajo. Se evalúa racionalizar el número de entidades cubanas que actúan como empleadoras para hacer más eficiente este proceso, cuyos fines serán prestar un servicio de calidad a los inversionistas y que no que tengan un carácter recaudatorio. Se preparará y capacitará adecuadamente al personal que prestará sus servicios en esas entidades”.

Otro de los temas que mayor número de preguntas generó en el diálogo fue la posibilidad de que los cubanos residentes en el país puedan invertir en diferentes sectores. El usuario Abelardo Mena dijo : “El borrador de la ley circula por las redes sociales. Si fuese cierto, solo se permite invertir a extranjeros o cubanos residentes en el extranjero. No teme el gobierno cubano crear una nueva discriminación, esta vez impidiendo la posible inversión de los cubanos residentes en Cuba en pequeñas y medianas empresas ? Qué modelo económico-social se propone ahora, que implica dejar un país entero sin posibilidad de invertir en su presente y futuro ?”

En respuesta a las preocupaciones sobre este tema, el MINCEX aclaró que la inversión extranjera responde precisamente a la necesidad de atraer capital del exterior en las condiciones actuales en que se encuentra la economía nacional. “Ni las empresas estatales ni los cubanos que aquí residimos contamos con los recursos suficientes para lograr el crecimiento de la economía que se requiere para poder alcanzar el nivel de desarrollo que necesitamos y poder distribuir entre todos los beneficios y el bienestar deseados. Por ello, esta Ley se dirige a potenciales inversionistas extranjeros, para atraer al país financiamientos, tecnologías de avanzada, mercados para nuestros productos y generar nuevos ingresos, entre otros. Se han diseñado políticas sectoriales para generar desarrollo agrícola, en las industrias, biotecnología, turismo, entre otros que son de significativa importancia para el crecimiento económico.

Hemos comentado que la definición de inversionista nacional contempla a las personas jurídicas de nacionalidad cubana con domicilio en el territorio nacional. También las cooperativas, como forma de gestión no estatal que cuentan con personalidad jurídica, pueden ser inversionistas nacionales en un proyecto con capital extranjero. En la política aprobada para la inversión extranjera se fortalece, con la atracción de capital extranjero, el modelo económico socialista de nuestra economía, donde se ubican los medios fundamentales de producción que se encuentran en poder del Estado”.

Otra temática con más interrogantes surge a raíz de que la Ley ratifica que cubanos residentes en el exterior pueden invertir en igualdad de condiciones que cualquier otro ciudadano extranjero. Sobre este punto, expresó el MINCEX : “La nueva Ley de Inversión Extranjera, como la vigente en la actualidad y las que existen en muchos países, se dirige a atraer capital extranjero ; la nuestra no distingue la fuente de los capitales que se aporten para invertir en Cuba. Es objeto de la nueva norma dirigir esos capitales al desarrollo del país en un grupo de sectores priorizadas para garantizar el crecimiento de la economía y la distribución de esos beneficios para toda la sociedad, lo que constituye el principal objetivo de nuestro modelo económico socialista. La base fundamental para atraer a esos inversionistas son los diferentes proyectos que se identifiquen, por ejemplo en la agroindustria, la generación de energía, la transferencia de tecnología, entre otros, todo lo cual generaría las tasas de crecimiento y acumulación que necesita nuestro país para lograr el desarrollo próspero y sostenible que todos deseamos. Estas inversiones pueden ser realizadas por inversionistas extranjeros de conjunto con los inversionistas nacionales que, según define la Ley, son personas jurídicas cubanas con domicilio en Cuba.

La Ley no distingue el origen del capital extranjero a invertir. La Cartera de Oportunidades con Inversión Extranjera definirá los proyectos que se identifiquen con las prioridades y necesidades del país a promover con capital extranjero. En la selección del inversor prevalece la experiencia y prestigio de la entidad que representa en el negocio de que se trate, su posicionamiento a nivel internacional, requisitos generales para un inversionista extranjero que no guardan relación con su procedencia u origen. El Reglamento de la Ley detalla los documentos que tendrá que presentar el inversionista extranjero para acreditar aquellos aspectos que determinarán la aprobación de su solicitud.

Ni la Ley vigente ni la que se acaba de aprobar por el Parlamento limita la inversión de los cubanos que residen en el extranjero. En el caso de los que residen en EE.UU la limitación no la establece Cuba, sino se las establecen a los allí residentes el férreo bloqueo impuesto por el Gobierno norteamericano”.

Además, se despertó un marcado interés por conocer los sectores en los que está aprobada la inversión extranjera, asunto que ha sido abordado con amplitud en los medios de comunicación. Específicamente, hubo varias preguntas en relación con sectores como las telecomunicaciones y los medios de comunicación.

Sobre ello, el MINCEX declaró que no están incluidas las comunicaciones en las políticas priorizadas para atraer la inversión extranjera en este momento ; “conoces que tenemos en el país empresas mixtas con capital extranjero que operan en este sector (las telecomunicaciones). Para el caso del transporte si existe una política aprobada, que debe generar proyectos para desarrollar ese sector con capital extranjero”.

En torno a posibilidad de invertir en los medios de comunicación del país, los especialistas explicaron que la Constitución establece en su Artículo 53 que los medios de difusión masiva son de propiedad estatal social y en ningún caso de propiedad privada, “lo que asegura su uso al servicio exclusivo del pueblo trabajador y del interés de la sociedad”.

Aunque por razones lógicas de tiempo muchas de las preguntas de los internautas quedaron sin respuestas, fue esta una experiencia que contribuyó a ofrecer algunas pistas para la comprensión de la Ley y que dejó abierta la posibilidad de potenciar otros espacios de este tipo para el diálogo con los usuarios. No obstante, muchas otras interrogantes podrán aclararse, seguramente, cuando todos dispongamos de la ley, sus normas complementarias y el reglamento que la respalda. Cubahora seguirá brindando respuesta a las inquietudes de nuestros lectores sobre este tema, por lo que los invitamos a dejar sus comentarios.

Fuente : Cuba Ahora

 

EL SOCIALISMO CUBANO Y LA INVERSIÓN EXTRANJERA (I)

por Ángel Guerra Cabrera

La acumulación de capital y el aumento sensible y sostenido del Producto Interno Bruto (PBI) son condiciones ineludibles del desarrollo económico. Ello, independientemente de la concepción que se tenga sobre la función del desarrollo y del PBI. Ya sea como redistribuidores de la riqueza con equidad si se trata de Cuba u otras pocas naciones con proyectos de bienestar mayoritario ; o vistos como medio de enriquecer cada vez más a una pequeña elite con la imposición de enormes despojos al común tal cual ocurre en una mayoría de países sometidos a la tiranía neoliberal.

La Revolución Industrial del siglo 19, fundamento de la civilización “occidental” de economía de mercado y democracia liberal, exigió una gran acumulación de capital. Nutrida, entre otros métodos nada santos, de la trata negrera, el corso, la piratería, el saqueo de metales preciosos con trabajo forzado y la estrujante expulsión masiva de la población rural a las ciudades. Marx lo sintetizó elocuentemente al afirmar que el capitalismo nació chorreando sangre y lodo por todos los poros.

La URSS, agredida con saña, hostigada y bloqueada por los imperialistas no habría podido industrializarse, transitar del oscurantismo y el atraso al desarrollo cultural y científico y convertirse en superpotencia sin imponer un alto costo económico y social a su población campesina pues no dispuso de otra fuente de acumulación, aunque sus enormes recursos naturales hayan contribuido también a la larga y agónica salida de la situación de penuria en que la dejaron dos guerras (1914 y 1918).

China ha logrado altos y sostenidos niveles de crecimiento económico en las últimas décadas y sacar a millones de la pobreza gracias a la laboriosidad y creatividad de su pueblo combinadas con gigantescos flujos de inversión extranjera.

Hoy, el alto grado de mundialización capitalista y los dinámicos movimientos de capital hacen imposible la acumulación sin recurrir a la inversión extranjera. Más aún, en países pobres y subdesarrollados.

Esto es mucho más cierto en el caso de Cuba, el único país en la historia contemporánea sometido por Estados Unidos desde hace más de cincuenta años a un bloqueo económico, comercial y financiero. En rigor, una guerra económica genocida por su objetivo declarado de causar “hambre, desesperación y el derrocamiento del gobierno cubano”, por su recrudecimiento en el tiempo, asimetría entre el agresor y el agredido y su carácter extraterritorial. La potencia bloqueadora, en flagrante violación del derecho internacional y burlándose de la condena universal persigue y penaliza severamente a compañías de terceros países por mantener negocios con Cuba.

El esfuerzo por insertar a Cuba en la economía mundial en medio de esa guerra económica, sobre todo a partir de la desaparición de su aliado soviético, y sin renunciar a su independencia nacional ni a sus logros y objetivos socialistas, ha exigido por ello de enormes sacrificios a su pueblo y requiere dosis enormes de audacia e imaginación para potenciar al máximo sus fuerzas productivas.

Cualquier visión alternativa del desarrollo –o de un socialismo próspero, para usar la expresión prevaleciente en Cuba- debe estar signada por la sobriedad y el cuidado de la naturaleza, típica, por ejemplo, de la filosofía andina del buen vivir. Ahora conocemos los límites de nuestro planeta en recursos no renovables y la grave incidencia del consumismo basado en la quema de combustibles fósiles en su despilfarro y en el calentamiento global.

El crecimiento de la economía cubana ha sido pobre en los últimos años comparada con la media latinoamericana, debido en gran medida a la falta de inversión de capital. Debería crecer a ritmos de entre 5 y 7 por ciento anual para satisfacer las demandas del desarrollo autosostenido y preservar las conquistas de la Revolución. En esas circunstancias no cabe duda que lo único revolucionario es dar los pasos que sean necesarios para lograr ese crecimiento y el ingreso de inversión extranjera que demanda.

Cuba, pese a la hostilidad estadunidense, posee una serie de ventajas que le permiten aspirar a una importante captación y aprovechamiento del capital extranjero. De ellas y más hablaremos en la próxima entrega.

Fuente : Aporrea.org

 

LOS CUBANOAMERICANOS Y LA NUEVA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA

por Jesús Arboleya Cervera

Uno de los aspectos que más expectativas generó en las discusiones de la reciente ley de inversión extranjera en Cuba, fue lo relativo a la posibilidad de que los emigrados, particularmente los cubanoamericanos, pudieran invertir en el país.

Al igual que la ley de 1995, la nueva ley no excluye esta posibilidad, aunque también es cierto que no conozco algún caso que se haya concretado. Como causa, se aduce la supuesta reticencia de las autoridades cubanas a aceptar las inversiones provenientes de la comunidad cubanoamericana, pero en verdad no conozco a ningún cubanoamericano que lo haya solicitado, simplemente porque lo prohibe el bloqueo de Estados Unidos contra Cuba.

Al igual que su predecesora, la nueva ley está orientada a incentivar y regular las grandes inversiones procedentes del extranjero. Según informó el ministro Rodrigo Malmierca a la Asamblea Nacional del Poder Popular y fue reportado por el periódico Gramma, “la atracción del capital extranjero estará orientada hacia grandes y necesarios proyectos y dará prioridad a las asociaciones y empresarios serios, con buena situación financiera y que, por supuesto, no estén involucrados en acciones contra Cuba de ninguna índole”.

Aunque algunos grandes empresarios cubanoamericanos pudieran encuadrarse en esta definición, dudo mucho que se arriesguen a invertir en el país mientras exista la actual política norteamericana contra Cuba, por lo que estaremos en una situación bastante similar a lo ocurrido hasta ahora. La buena noticia es que parte de este sector pudiera verse compelido a influir para que cambie la política existente.

La nueva ley no contempla la inversión extranjera orientada a los pequeños negocios existentes en el país, donde la participación de los cubanoamericanos es un hecho tangible. El problema consiste en que quizá debido a prejuicios políticos, la ley cubana ni siquiera reconoce la existencia de pequeñas empresas privadas, por lo que estas formas de propiedad están metidas en el saco de los “trabajadores por cuenta propia”, sin reconocer sus especificidades.

Como resulta de esto, la inversión de los cubanoamericanos, y de los emigrados en otros países, no tienen un respaldo legal efectivo y aparecen contabilizadas como remesas para el consumo, lo cual desvirtúa su naturaleza y las distancia de la propia política cubana encaminada a incentivar estos negocios, como un factor más de la revitalización económica del país.

Está claro que vistas de manera individual, estas inversiones no son portadoras de grandes capitales, alta tecnología o mercados externos, ni están orientadas a sectores estratégicos de la economía, pero de conjunto representan cifras y oportunidades nada despreciables y la lógica de un mercado socializado como el cubano es que, a la larga, una buena parte de sus utilidades se oriente en el sentido de las prioridades del país.

Aunque la falta de datos e imprecisiones estadísticas impiden contabilizar con exactitud su volumen, la mayor parte de los analistas calculan que las remesas constituyen un ingreso superior a los dos mil millones de dólares anuales y cerca del 50 % se invierte o se planea invertir en el desarrollo de pequeños negocios. Si, tal y como acaban de informar los funcionarios cubanos, Cuba necesita entre 2 000 y 2 500 millones de dólares de inversión externa para alcanzar los niveles de desarrollo que requiere la economía, es fácil comprender el potencial de estas inversiones, si se establece una política encaminada a estimularlas.

Desconocer la existencia de estas inversiones tiene implicaciones nocivas para la transparencia de las pequeñas empresas que se desarrollan en el país e incluso se contradice con el interés de limitar la concentración de la riqueza. Paradójicamente, a través de familiares, amigos o socios, hoy día un emigrado cubano puede ser dueño en la práctica de una cadena de restaurantes, una red de autos de alquiler o de varias empresas agrícolas, y acumular un capital considerable en estos u otros negocios, sin que exista ningún mecanismo legal que controle esta inversión, lo cual no solo desprotege al inversionista y desestimula estos emprendimientos, sino también al propio Estado cubano.

La inversión de los emigrados, especialmente los cubanoamericanos, en las pequeñas empresas cubanas tiene, además, efectos políticos a una escala que trasciende su valor económico. En primer lugar, estas personas han demostrado que no los detiene el bloqueo y, de hecho, constituyen una masiva rebelión contra sus medidas, complicando su implementación. Por otro lado, estas inversiones cambian la naturaleza de su relación con Cuba, en correspondencia con el espíritu de la nueva ley migratoria.

La nueva ley de inversión extranjera es, sin duda, un paso más en el sentido de las reformas que requiere el modelo económico cubana y la intervención estatal en las mismas, posibilita garantizar que se corresponda con los intereses de la nación, tal y como aspiran aquellos que en el mundo se oponen al capitalismo salvaje y las terapias de choque neoliberales.

Conciliar estos intereses con las relaciones con la emigración y estimular su participación en el progreso del país forma parte también de este proceso y, desde mi punto de vista, en tal sentido también se avanza, en correspondencia con las exigencias de la realidad.

Fuente : Progreso Semanal

 





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