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Una auditoría contra el chantaje

vendredi 13 décembre 2013   |   Rafael Correa
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Los medios de comunicación se hacen eco con poca frecuencia de una de las soluciones posibles a la crisis de la deuda : la realización de una auditoría. En agosto de 2011, en un artículo de Damien Millet y Eric Toussaint, “Le Monde diplomatique en español” presentó la propuesta de Quito.

En 2007, siete meses después de haber sido elegido, el presidente ecuatoriano Rafael Correa dispuso una auditoría de la deuda del país. Las conclusiones mostraron que numerosos préstamos habían sido otorgados violando normas elementales del derecho internacional. En noviembre de 2008, Ecuador decidió suspender el pago de títulos de la deuda con vencimiento unos en 2012, otros en 2030. Al hacerlo, este pequeño país de América del Sur logró readquirir por 900 millones de dólares títulos que valían 3.200 millones de dólares. Si se tienen en cuenta los intereses que Ecuador no deberá pagar, ya que compró títulos que vencen en 2012 o en 2030, el Tesoro Público ecuatoriano ahorró aproximadamente 7.000 millones de dólares. Lo que permitió disponer de nuevos medios financieros y aumentar así el gasto social en salud, educación, ayuda social y desarrollo de infraestructura de comunicación. En materia de endeudamiento, la Constitución ecuatoriana, aprobada por sufragio universal en septiembre de 2008, representa un gran avance. El artículo 290 condiciona especialmente todo endeudamiento futuro a las siguientes reglas :

1. Se recurrirá al endeudamiento público sólo cuando los ingresos fiscales y los recursos provenientes de cooperación internacional sean insuficientes.

2. Se velará para que el endeudamiento público no afecte a la soberanía nacional, los derechos humanos, el bienestar y la preservación de la naturaleza.

3. El endeudamiento público financiará exclusivamente programas y proyectos de inversión para infraestructura, o programas y proyectos que generen recursos que permitan el reembolso. Sólo se podrá refinanciar la deuda pública existente si las nuevas modalidades son más ventajosas para Ecuador.

4. Se prohíbe la “estatalización” de deudas privadas.





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